Periodo medio de pago a proveedores

Quizás en alguna ocasión haya escuchado hablar del «periodo medio de pago a proveedores». Si es usted proveedor de alguna administración pública, le sorprenderá que ese periodo es sorprendentemente inferior al promedio que realmente tarda esa administración en hacer los pagos a proveedores. En este artículo le explicamos por qué.

Metodología para el cálculo del periodo medio de pago a proveedores

El R. D. 635/2014, de 25 de julio, establece la metodología para el cálculo del periodo medio de pago a proveedores por parte de las administraciones públicas.

El art. 2 del R. D. 635/2014, de 25 de julio, dispone lo siguiente:

«Se entenderá por número de días de pago, los días naturales transcurridos desde (…) la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los bienes entregados o los servicios prestados, hasta la fecha de pago material por parte de la administración».

Es decir: a efectos legales, para calcular el periodo que un Ayuntamiento tarda en pagar al proveedor, no se computa el tiempo que el técnico del área tarda en conformar una factura.

Esta modificación tuvo lugar mediante el R. D. 1040/2017, de 22 de diciembre, que introdujo algunas novedades para el cómputo del periodo medio de pago a proveedores. Entre ellas, la ya citada. Hasta entonces, el inicio del periodo medio de pago se computaba a partir de los 30 días hábiles siguientes a la entrada de la factura al registro administrativo. A partir de entonces, desde la mencionada fecha de conformidad que, en la práctica, es muy posterior a aquellos 30 días iniciales. Esto supuso una operación cosmética, donde la entrada en vigor de la reforma supuso una minoración «mágica» de los tiempos de espera para los proveedores.

Los Ayuntamientos con mayor periodo medio de pago

Según publica el Gobierno de España en la fecha de redacción de esta entrada a nuestro blog, los Ayuntamientos con mayor tiempo promedio de pago a proveedores en el territorio nacional, con datos actualizados a 31 de mayo de 2025, serían los siguientes: Jaén (257,13 días), Badalona (199,63), Parla (178,31), Mijas (172,82) y Vélez Málaga (122,83).

Para saber más:

Guía para cumplimentar la aplicación y el cálculo del periodo medio de pago de las Entidades Locales. Real Decreto 1040/2017, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio. Ministerio de Hacienda y Función Pública del Gobierno de España, Madrid, febrero de 2018.

Periodo medio de pago a proveedores según R. D. 1040/2017. Clasificación por Ayuntamientos.

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